Uso de música e imágenes con derechos de reproducción libre
INTRODUCCION:
Internet es
un complejo sistema de intercomunicación
de computadoras y redes de computadores con
alcance mundial (1) que ofrece una indeterminada cantidad
de servicios proporcionados por proveedores de conexión.
Entre los servicios de que nos ocuparemos en el presente estudio,
podemos destacar el correo electrónico o e-mail y el Word Wide
Web (o Web) que es el medio para buscar la información en modo
texto,audio o video.La Red de Redes forma parte de una comunidad
real, llamada también Ciberespacio, conformada por personas que pueden
interactuar entre ellas a voluntad, computador de por medio, y en
tiempo real sin importar la distancia física que las separe. Internet
se encuentra realmente abierto a cualquier persona que quiera ingresar
sin importar orígenes, nacionalidad, limitaciones físicas y geográficas. (2)
de computadoras y redes de computadores con
alcance mundial (1) que ofrece una indeterminada cantidad
de servicios proporcionados por proveedores de conexión.
Entre los servicios de que nos ocuparemos en el presente estudio,
podemos destacar el correo electrónico o e-mail y el Word Wide
Web (o Web) que es el medio para buscar la información en modo
texto,audio o video.La Red de Redes forma parte de una comunidad
real, llamada también Ciberespacio, conformada por personas que pueden
interactuar entre ellas a voluntad, computador de por medio, y en
tiempo real sin importar la distancia física que las separe. Internet
se encuentra realmente abierto a cualquier persona que quiera ingresar
sin importar orígenes, nacionalidad, limitaciones físicas y geográficas. (2)
Pero no todo
es color de rosa en el mundo virtual. Descontando los
innumerables beneficios que proporciona el acceso inmediato a toda la
información que circula en la red, no podemos negar que este
medio global, descentralizado y sin fronteras ocasiona una pérdida inevitable (por
lo menos por ahora) de control sobre el uso de una gran cantidad
de creaciones inmateriales protegidas por legislación nacional e
internacional, tales como son las tuteladas por los derechos intelectuales.
innumerables beneficios que proporciona el acceso inmediato a toda la
información que circula en la red, no podemos negar que este
medio global, descentralizado y sin fronteras ocasiona una pérdida inevitable (por
lo menos por ahora) de control sobre el uso de una gran cantidad
de creaciones inmateriales protegidas por legislación nacional e
internacional, tales como son las tuteladas por los derechos intelectuales.
USO DE LA MUSICA E IMÁGENES CON DERECHOS DE
REPRODUCCION LIBRE
REPRODUCCION LIBRE
IMÁGENES
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LAS
CREACIONES PROTEGIDAS Y NO PROTEGIDAS
EN EL CIBERESPACIO
EN EL CIBERESPACIO
Una “web site” posee varios elementos suceptibles
de ser
protegidos mediante el derecho de autor
protegidos mediante el derecho de autor
Obras
literarias: El contenido de la mayoría de las
páginas en Internet presentan aportes catalogados como obras
literarias. El Glosario de la OMPI define a las obras literarias como
“un escrito de gran valor desde la perspectiva de la belleza y
efecto emocional”, en tanto desde el punto de vista del derecho
de autor, se entiende como “obra literaria” a todas las formas
de obras escritas originales, sean de carácter literario,
científico, técnico o meramente práctico, prescindiendo de su valor
y finalidad (Glosario de derecho de autor y derechos conexos,
voz 146) A título de ejemplo podemos enumerar las creaciones
literarias clásicas (libros de texto, poemas, ensayos, novelas, etc.)
y las no clásicas (recetas, prospectos farmacéuticos, almanaques, etc.).
páginas en Internet presentan aportes catalogados como obras
literarias. El Glosario de la OMPI define a las obras literarias como
“un escrito de gran valor desde la perspectiva de la belleza y
efecto emocional”, en tanto desde el punto de vista del derecho
de autor, se entiende como “obra literaria” a todas las formas
de obras escritas originales, sean de carácter literario,
científico, técnico o meramente práctico, prescindiendo de su valor
y finalidad (Glosario de derecho de autor y derechos conexos,
voz 146) A título de ejemplo podemos enumerar las creaciones
literarias clásicas (libros de texto, poemas, ensayos, novelas, etc.)
y las no clásicas (recetas, prospectos farmacéuticos, almanaques, etc.).
En un sitio
podremos encontrar múltiple información escrita,
memorias descriptivas, modelos de escritos, el índice, comentarios,
instrucciones para navegar en el sitio, los cuales representan,
en la medida que resulten aportes originales, obras literarias protegidas
por el derecho de autor.
memorias descriptivas, modelos de escritos, el índice, comentarios,
instrucciones para navegar en el sitio, los cuales representan,
en la medida que resulten aportes originales, obras literarias protegidas
por el derecho de autor.
Con respecto
a las obras literarias tradicionales desde hace poco
tiempo se posibilitó el acceso vía Internet de novelas enteras de
autores reconocidos mundialmente, ya sea en forma gratuita o con
el pago de un precio mediante la utilización de una tarjeta de crédito
(3). En el ámbito jurídico cada vez existen más portales con una
gran cantidad de colaboraciones doctrinales, comentarios a fallos,
recopilaciones de diversa información (como otros sitios jurídicos) donde recurren
cada vez más los profesiones del derecho
tiempo se posibilitó el acceso vía Internet de novelas enteras de
autores reconocidos mundialmente, ya sea en forma gratuita o con
el pago de un precio mediante la utilización de una tarjeta de crédito
(3). En el ámbito jurídico cada vez existen más portales con una
gran cantidad de colaboraciones doctrinales, comentarios a fallos,
recopilaciones de diversa información (como otros sitios jurídicos) donde recurren
cada vez más los profesiones del derecho
Fotografías:
Las obras
fotográficas encuentran su regulación desde la óptica
de la creación del registro estático de los elementos que nos
rodean (arts. 1 y 34 ley 11.723) y desde el derecho a la imagen de
la persona retratada (arts. 31, 33 y 35 de la misma ley).
Estos supuestos comprenden desde las vistas fotográficas
individuales hasta los bancos de imágenes administrados por
empresas que administran licencias para su uso.
de la creación del registro estático de los elementos que nos
rodean (arts. 1 y 34 ley 11.723) y desde el derecho a la imagen de
la persona retratada (arts. 31, 33 y 35 de la misma ley).
Estos supuestos comprenden desde las vistas fotográficas
individuales hasta los bancos de imágenes administrados por
empresas que administran licencias para su uso.
Obras
protegidas por los derechos conexos al derecho de autor
Derecho de
los intérpretes: Artistas, intérpretes o
ejecutantes
son todos los actores, cantantes, músicos, bailarines u otras personas
que representen un papel, canten, reciten, declamen, interpreten
o ejecuten en cualquier forma obras artísticas o expresiones del
folclore (art. 2, inc. “a” convenio OMPI sobre Interpretación o
Ejecución y Fonogramas)
son todos los actores, cantantes, músicos, bailarines u otras personas
que representen un papel, canten, reciten, declamen, interpreten
o ejecuten en cualquier forma obras artísticas o expresiones del
folclore (art. 2, inc. “a” convenio OMPI sobre Interpretación o
Ejecución y Fonogramas)
Derecho
de los productores de fonogramas:El productor
de
fonogramas es la persona natural o jurídica que toma la
iniciativa y tiene la responsabilidad de la primera fijación de
los sonidos de una ejecución o interpretación u otros sonidos o las
representaciones de otros sonidos (9). El derecho del productor
de fonogramas incluye un beneficio económico por los usos
secundarios del fonograma (art. 1 de la ley 11.723) y el a
recaudar, en virtud del decreto 1641/74, derechos por la
ejecución pública de sus fonogramas.
fonogramas es la persona natural o jurídica que toma la
iniciativa y tiene la responsabilidad de la primera fijación de
los sonidos de una ejecución o interpretación u otros sonidos o las
representaciones de otros sonidos (9). El derecho del productor
de fonogramas incluye un beneficio económico por los usos
secundarios del fonograma (art. 1 de la ley 11.723) y el a
recaudar, en virtud del decreto 1641/74, derechos por la
ejecución pública de sus fonogramas.
Actividades
no protegidas por los derechos de autor:
Las noticias
de interés general: Las noticias de interés
general
podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando
se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente
de ellas (art. 28 in fine ley 11.723). Prácticamente todos los
periódicos y noticieros tanto televisivos como radiales cuyos
ejemplares se distribuyen en tradicional soporte de papel cuentan
hoy en día con su versión en la red en forma de portal , tanto los
nacionales como los internacionales donde es posible acceder a una
gran cantidad de información periodística. Es bueno aclarar sobre
este particular que la licencia otorgada por la ley es aplicable en
tanto y en cuanto la noticia sea un objetivo relato de un hecho
sucedido en el pasado, ya que si pretendemos hacer uso de una
crónica periodística elaborada por un columnista, la noticia
se trasforma en obra literaria y es necesario recurrir a la
autorización del titular del derecho para su publicación.
podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando
se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente
de ellas (art. 28 in fine ley 11.723). Prácticamente todos los
periódicos y noticieros tanto televisivos como radiales cuyos
ejemplares se distribuyen en tradicional soporte de papel cuentan
hoy en día con su versión en la red en forma de portal , tanto los
nacionales como los internacionales donde es posible acceder a una
gran cantidad de información periodística. Es bueno aclarar sobre
este particular que la licencia otorgada por la ley es aplicable en
tanto y en cuanto la noticia sea un objetivo relato de un hecho
sucedido en el pasado, ya que si pretendemos hacer uso de una
crónica periodística elaborada por un columnista, la noticia
se trasforma en obra literaria y es necesario recurrir a la
autorización del titular del derecho para su publicación.
PRINCIPALES USOS Y CONFLICTOS EN LA RED.
LA MUSICA EN LA RED.
LA MUSICA EN LA RED.
Uno de los
principales conflictos en la Red es, sin dudas,
la circulación de obras musicales en formato digital donde
se ven afectados no solamente los autores, sino los
productores de fonogramas y los intérpretes ejecutantes
de dichas creaciones.
la circulación de obras musicales en formato digital donde
se ven afectados no solamente los autores, sino los
productores de fonogramas y los intérpretes ejecutantes
de dichas creaciones.
En efecto,
la inexistencia de un administrador de la Red
global de información genera la ausencia de control sobre
las autorizaciones y gestión colectiva de los derechos de
autor de las obras musicales, susceptibles de ser
almacenados fácilmente en el ordenador de todo navegante virtual.
global de información genera la ausencia de control sobre
las autorizaciones y gestión colectiva de los derechos de
autor de las obras musicales, susceptibles de ser
almacenados fácilmente en el ordenador de todo navegante virtual.
Sin dudas,
la aparición de sitios que facilitan el formato
digital denominado MP3 que promueve la reproducción
gratuita de miles de obras musicales, es el hecho que provocó
la mayor crisis en el control del uso de tales obras en Internet, las que
en su gran mayoría no eran autorizadas a ser “bajadas” de
la Red. La visita a estos sitios se calcula en 150 millones al
mes, superando de esta manera las conexiones con las “páginas
web” sobre sexo.
digital denominado MP3 que promueve la reproducción
gratuita de miles de obras musicales, es el hecho que provocó
la mayor crisis en el control del uso de tales obras en Internet, las que
en su gran mayoría no eran autorizadas a ser “bajadas” de
la Red. La visita a estos sitios se calcula en 150 millones al
mes, superando de esta manera las conexiones con las “páginas
web” sobre sexo.
Esta
situación provocó acciones de las principales discográficas,
que se encuentran a las puertas de un acuerdo general con un
régimen de licencias para el uso de un gran repertorio musical
y una importante suma de dinero en concepto de los daños causados (26).
que se encuentran a las puertas de un acuerdo general con un
régimen de licencias para el uso de un gran repertorio musical
y una importante suma de dinero en concepto de los daños causados (26).
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